Chihuahua, Chih.- El Gobierno Municipal de Chihuahua, a través del Instituto Municipal de las Mujeres, imparte pláticas a nivel escolar y empresarial para aprender a identificar tipos y modalidades de violencia.
Además, el Instituto Municipal de las Mujeres atiende de manera confidencial a mujeres que sean víctimas de cualquier tipo de violencia, para ellas y sus hijas e hijos, donde se da atención en psicología, asesoría jurídica y acompañamiento en los procesos.
Por otra parte, se informa las mujeres sobre los tipos de violencia y sus modalidades que a continuación se desglosan para que aprendan a identificarlos, y en caso de ser víctima pedir apoyo:
TIPOS DE VIOLENCIA:
• Física: Es cualquier acto que inflige daño a la mujer a través del uso de la fuerza física, sustancias, armas u objetos y que puede provocar lesiones.
• Sexual: Es cualquier acto u omisión que atenta o limita el derecho a la libertad y seguridad sexuales de las mujeres en el ámbito público o privado, independientemente de quien la perpetre.
• Psicológica: Es cualquier acto u omisión que daña la estabilidad emocional, menoscaba la autoestima o altera la salud mental de la mujer que recibe el maltrato consistente, entre otros, en descuido reiterado, insultos, humillaciones, devaluación de su autoestima, marginación, rechazo, restricción a la autodeterminación y celotipia.
• Patrimonial: Es cualquier acto u omisión del agresor que afecta la supervivencia de la víctima. Se manifiesta en la transformación, sustracción, destrucción, limitación, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima.
• Económica: Es toda acción u omisión del agresor que genera limitaciones encaminadas a controlar el ingreso económico de la víctima o la percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral.
• Obstétrica: Es todo acto u omisión intencional, por parte del personal de salud que, en el ejercicio de su profesión u oficio, dañe, lastime o denigre a la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, así como la negligencia en su atención médica, y alterar el proceso natural del parto de bajo riesgo, mediante el uso de técnicas de aceleración, y practicar el parto vía cesárea, existiendo condiciones para el parto natural, sin obtener el consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer.
• Vicaria: Es cualquier acto u omisión que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se dirige contra las hijas y/o hijos, familiares o personas allegadas, ya sea que se tenga o se haya mantenido una relación de hecho con la persona agresora, lo anterior aplica incluso cuando no se cohabite en el mismo domicilio.
MODALIDADES DE VIOLENCIA:
• Violencia familiar: Es el acto abusivo de poder u omisión intencional dirigido a dominar, controlar o agredir de manera física, sicológica, patrimonial, económica y sexual, dentro o fuera del domicilio familiar, realizadas por el agresor que tiene o ha tenido algún vínculo de índole familiar con la víctima, parentesco por consanguinidad, afinidad o civil; tutela o curatela; concubinato; o bien, que haya tenido o tenga alguna relación afectiva o sentimental de hecho.
• Violencia institucional: Son los actos u omisiones de las y los servidores públicos que discriminen o tengan como fin o resultado dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia.
• Violencia laboral y docente: Es todo acto u omisión ejercida en abuso de poder por personas que tienen un vínculo laboral, docente o análogo con la víctima, independientemente de la relación jerárquica, que daña su autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad, impide su desarrollo y atenta contra la igualdad.
• Violencia en la comunidad: Son los actos individuales o colectivos que transgreden derechos fundamentales de las mujeres en el ámbito público y propician su denigración, discriminación, marginación o exclusión.
• Violencia feminicida: Es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado, y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.
• Violencia política: Es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo. Se entenderá que las acciones u omisiones se basan en elementos de género, cuando se dirijan a una mujer por su condición de mujer, le afecten desproporcionadamente o tengan un impacto diferenciado en ella
Pueden acudir sin previa cita a las instalaciones ubicadas en el Quinto Piso del Edificio Libertad #1, colonia Centro, (a un costado del Congreso del Estado) o bien, marca al 072. Extensión 2604 de lunes a viernes de 8:00 am a 3:00pm.