México.- El anteproyecto para suspender las operaciones de carga en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) tomará forma de decreto y, se prevé que para julio ninguna línea aérea que movilice exclusivamente mercancías podrá operar en ese puerto aéreo, el más importante del país, adelantó Rogelio Jiménez Pons, subsecretario de Transportes.
El funcionario indicó que las aerolíneas cargueras estaban enteradas desde hace más de un año de los plazos en los que se haría la migración e, incluso, aseveró que las empresas estuvieron de acuerdo con la publicación de un decreto que estableciera las bases para llevar a cabo la salida del aeropuerto de la capital del país.
“El sector está avisado desde hace más de un año, desde que estaba en construcción, incluso, había ido el general Gustavo Vallejo y luego Isidoro Pastor a planteárselo. En mayo (del año pasado) cuando sacamos la posibilidad del decreto, que todo el mundo se echó para atrás, en ese momento inclusive se sacó porque ellos sugirieron (las aerolíneas) sacarlo para que todos jalaran, tampoco es que esto es algo improvisado, desde aquella vez dijeron que sí”, revela Jiménez Pons.
Aunque las líneas aéreas cargueras han asegurado que se llevaron a cabo múltiples reuniones con la autoridad para explorar la posibilidad de migrar operaciones desde el AICM a otros aeropuertos, lo que ha generado reticencia es el periodo de 180 días que ha dado el gobierno para completar la migración.
No obstante, Jiménez Pons aseguró que desde “octubre del año pasado, ya se habían dado los avisos de la migración. “Hubo una reunión en noviembre en las oficinas de Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA) en el aeropuerto en donde se sabía de la migración; no sé por qué no cerró en 120 días el periodo, pero, estamos hablando de julio para que puedan completar la salida”, remarcó el funcionario.
Inicialmente el gobierno federal había establecido un periodo de 90 días para la aplicación del decreto tras la publicación del mismo, pero, se amplió a 108, un aumento de apenas 18 días, lo que dejó, de igual forma, desconcertada a la industria aérea carguera, que no encontró la justificación para aumentar a ese plazo.
“Para efectos de certeza y seguridad jurídica de los actos administrativos del Ejecutivo Federal como lo son los decretos, resulta esencial conocer el razonamiento, sustento y la justificación del plazo de 108 días hábiles a que se refiere el artículo quinto transitorio”, refirió Alfredo Cobián, director legal de Aerotransportes Mas de Carga.