Nacional.- Luego de que por tres años permanecieran pausadas las reformas al Código Penal Federal y la Ley General de Salud, fue aprobada este martes por el Senado de la República eliminar los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la identidad de Género de las personas, mejor conocido como “Terapias de Conversión”.
Con 69 votos a favor, dos en contra y 16 abstenciones prohibieron este tipo de prácticas ya que fueron consideradas como violación a los derechos humanos.
La iniciativa pasará a discusión en la Cámara de Diputados para contemplar penas de dos a seis años para quien oblique, aplique o financie cualquier tipo de “tratamiento” o “terapia” con el objetivo de suprimir la orientación sexual o identidad de género de una persona.
La pena podría ascender hasta los 12 años si se realizan estas acciones contra una personas menor de edad, adulto mayor o con discapacidad. Para las personas que en ejercicio del servicio profesional, se le suspenderá su poder de ejercer de uno a tres años.
Las llamadas “terapias de reconversión” son un método por el cual se busca que una persona no heterosexual “vuelva a serlo”, bajo el supuesto de que su preferencia o identidad sexual se puede “arreglar” mediante prácticas médicas, psiquiátricas o incluso religiosas.