México.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) despenalizó el aborto en Chihuahua al eliminar los artículos del Código Penal del estado que regulaban el delito de aborto voluntario.
A petición de la Primera Sala de la Corte, el Pleno avaló la declaratoria general de inconstitucionalidad de los artículos 143, párrafos primero y segundo, 145 y 146, fracción I, del Código Penal del Estado de Chihuahua, conforme a la jurisprudencia emitida el 18 de octubre de 2023.
En dicha jurisprudencia, la Primera Sala señaló que esos preceptos del Código Penal de Chihuahua son violatorios de derechos humanos de las mujeres y las personas gestantes por obligarlas a ser madres pese a estar en contra de su proyecto de vida.
Esa jurisprudencia fue emitida al analizar un amparo contra el delito de aborto voluntaria en Chihuahua en el que además la Sala indicó que esto puede ocasionar que las mujeres y personas gestantes que quieren abortar tengan que hacerlo en condiciones inapropiadas colocándolas en una situación de riesgo y peligro.
Al considerar que el Congreso de Chihuahua no reguló la situación prevista por la jurisprudencia de la Corte, la Sala solicitó al Pleno realizar la declaratoria general de inconstitucionalidad.
En consecuencia, en Chihuahua las autoridades ya no podrán procesar penalmente a ninguna mujer por abortar de manera voluntaria y aquellas que estén procesadas o sentenciadas por este delito deberán quedar exoneradas de este delito, lo que también deberá ser aplicable a los médicos y profesionales de la salud que hubieran participado en estos procedimientos.