Chihuahua, Chih.- La Fiscalía Especializada en Investigación de Violaciones a Derechos Humanos, informa que, por medio de un procedimiento especial abreviado, se obtuvo una sentencia de 13 años y dos meses de prisión que se le impuso a uno de los implicados en la desaparición del defensor Cruz Soto Caraveo.
De acuerdo con la documentación del caso, el sentenciado identificado como Luis Enrique M. G., alias “El Chulinas”, era integrante de la célula criminal que interceptó al activista social aproximadamente a las 14:00 horas del 13 de octubre de 2019, en una brecha que conduce de Témoris a Los Llanos.
Con base en los datos obtenidos durante las indagatorias, se estableció que las cuatro personas previamente sentenciadas y el propio Luis Enrique M. G., se repartieron diferentes roles y funciones con el fin de mantener oculto por aproximadamente siete días al representante del colectivo “Familias Desplazadas Forzosamente de la Sierra Tarahumara”.
Los sentenciados en este caso son: Paulino M. R.; Samuel Alejandro B. G.; Fernando F. C. alias “El Cuervo”; Ismael Q. A. alias “Mayel”, y se les suma Luis Enrique M. G., alias “El Chulinas”, con la sentencia de 13 años de prisión.
Aunado a lo anterior, el equipo de la Unidad de Investigación de Desaparición Forzada y Cometida por Particulares, descubrió que previo a la desaparición, el ex Director de Seguridad Pública Municipal de Témoris, Paulino M. R., fue quien ordenó a elementos de la misma corporación que buscaran a la víctima y posteriormente, facilitó información sobre su ubicación al grupo criminal.
Para el mes de abril de 2023, el Ministerio Público informó al imputado los antecedentes de investigación y presentó formalmente la imputación en su contra por el delito de desaparición cometida por particulares.
En apego al debido proceso, el imputado admitió voluntariamente la responsabilidad penal por los hechos que se le imputaron y solicitó su sentencia a través de un procedimiento especial abreviado que concluyó este día.
La sentencia contempla una multa de 329 mil 251 pesos, más una sanción económica de 625 mil 700 pesos por concepto de gastos funerarios y daños materiales, así como una suma adicional que se determinará en la etapa de ejecución de sentencia por concepto del daño moral.
Para la reparación integral del daño, se determinó que el sentenciado deberá cumplir con las medidas de rehabilitación, satisfacción y las garantías de no repetición establecidas en la Constitución Política y la Ley General de Víctimas.